El abogado tributarista, Eduardo Sotelo, uno de los asesores del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en la lucha contra la elusión, dijo a Ojo-Publico.com que los Panama Papers han encendido las alarmas sobre el uso pernicioso de las empresas offshore en jurisdicciones poco transparentes del mundo. Días antes de esta revelación periodística, e informado de forma general sobre la investigación, Sotelo nos brindó esta entrevista sobre el impacto de los paraísos fiscales en la recaudación tributaria.
¿A qué se le denomina paraísos fiscales? ¿Qué atrae a las empresas o personas a abrir cuentas en su jurisdicción?
La OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) planteó tres criterios para identificarlos: primero, que tengan un tratamiento diferencial para las rentas generadas en el exterior, es decir, que exijan nulo o mínimo impuesto al dinero proveniente de otro país; segundo, que no revelen información sobre las cuentas que registran, ni por orden judicial; tercero, que la empresa no realice actividades en dicho territorio, aunque esto último ya no es exigible desde el 2001. Bajo estos criterios se ha establecido una especie de lista negra de territorios que califican como paraísos fiscales.
¿Y por qué son perjudiciales?
Desde el punto de vista tributario generan la posibilidad de minar las bases tributarias de los países de donde extraen las rentas.Las empresas radican en un sitio que les provee una serie de beneficios a cambio de que les presten poca o nula transparencia. Por eso, es difícil saber quién es verdaderamente dueño de qué, quién obtiene qué, quien transfirió qué y quién dejó de ser dueño de algo.
¿De qué modo le afecta a un ciudadano que quienes puedan derivar sus ganancias a paraísos fiscales lo hagan?
Muy simple: la tributación sirve para financiar gasto público, y en el Perú el 80% del gasto se basa en tributos. Entonces, esto se trata de que todos paguen lo que les corresponde según su capacidad (ingreso, patrimonio o consumo), pero si tienes un territorio donde se puede ocultar parte de la riqueza que se generó en otro país, para que no pague los impuestos que corresponden, entonces se afecta la correcta y equitativa distribución de las cargas públicas. A menos dinero, menos financiamiento de servicios públicos. Esto puede configurar en elusión tributaria.
¿Cuál es la diferencia con las sociedades offshore?
No basta que sea una empresa, fondo o cuenta en el exterior. Un territorio offshore es aquel que da un tratamiento diferencial a las operaciones en el exterior que realizan las empresas o personas que allí se registran. Permite, por ejemplo, tener los beneficios de una empresa financiera sin las exigencias que nos imponen en el país. También podría ofrecer, o no, ventajas tributarias como las explicadas.
¿Qué modalidades usan las empresas para eludir impuestos en estos paraísos?
Las más detectadas en el mundo giran en torno a abusos en los precios de transferencia, el financiamiento entre las compañías del mismo grupo empresarial, la deslocalización de intangibles, el abuso de los convenios de doble imposición, el uso de trusts, de sociedades intermedias o fachadas, etc. La primera de estas, por ejemplo, implica atribuirle valores no reales a un bien o servicio -algo que vale 10 lo registran como 1000-, cuidando que siempre el mayor monto termine cargándose en el paraíso fiscal (…) Se dan triangulaciones o conexiones mucho más enrevesadas para terminar facturando allí los gastos, costos o la remesa de utilidades que se realizaron en el Perú.
¿Y cómo llegan a elaborar estos complejos esquemas?
El uso de paraísos fiscales para eludir impuestos requiere conocimientos sofisticados. Se requiere de abogados, pero también de contadores o auditores, y siempre participa el dueño de la empresa o su representante porque estas operaciones requieren de tomar decisiones muy delicadas.
Entonces es un acto planificado y no se puede alegar negligencia
Exacto. Todo un equipo de profesionales trabaja para ese fin. La elusión tributaria no es una cosa que “me ocurre" sino algo que "se me ocurrió” y “se me ocurrió, con mucho esfuerzo y planificación”. Se trata de un esquema planificado y premeditado.
La tributación sirve para financiar gasto público y en el Perú el 80% del gasto se basa en tributos.
¿Cuál es la diferencia entre la planificación fiscal y la denominada planificación fiscal agresiva?
La primera es una opción legítima para calcular e indagar por regulaciones ventajosas, beneficios tributarios o mejores formas de ahorro en el pago de impuestos; la segunda implica amañar, estirar las formas legales o los contratos, o realizar negocios anómalos y artificiosos para modificar las transacciones y montos con miras a reducir el pago final de tributos.
¿La publicación de los estados financieros y pagos tributarios de una empresa no bastan para descartar la elusión?
Los estados financieros (que se presentan a las autoridades peruanas) son solo una representación de las transacciones y pueden ser manipulados. Las cifras pueden estar totalmente maquilladas y que tengan sentido o cuadren no significa que no haya existido elusión.
¿Es posible recurrir a paraísos fiscales o territorios offshore para un fin positivo?
Es cierto que en algún momento países como Perú sufrieron de mayor inestabilidad institucional, regulatoria y económica. Había controles en el tipo de cambio, riesgo de confiscación, etc. Pero ya no es así. Me he esforzado en verle un uso positivo a los paraísos fiscales pero solo encuentro potencialidad y riesgo de daño, porque si recurres a un lugar que te permite dejar de reconocer algo como tuyo entonces estás burlando el pago de tributos, pero también escondiendo las propiedades frente a un divorcio o la herencia que les correspondía a tus hijos. Entonces (las offshore y los paraísos fiscales) te ayudan a mentir y abren un mundo posibilidades para defraudar al Estado, a la sociedad, a tu familia o a terceros.
¿Qué posibilidades tiene el Estado, y la misma Sunat, para detectar y frenar esta fuga de capitales?
No es nada fácil. Los equipos de abogados y contadores que colaboran con las empresas para eludir impuestos se amparan en el secreto profesional y ocultan y destruyen evidencias. Cada caso concreto se debe investigar a profundidad para comprobar si se torcieron las finanzas para vulnerar la ley tributaria.
¿Y qué pasó con la Norma XVI?
El Perú no tiene suficientes mecanismos para luchar contra la elusión, por eso surgió la Norma XVI (creada con el fin de detectar y cobrar los montos eludidos), fue promulgada pero no se aplica a la fecha. Pero no es lo único que se necesita; esto se complementa con convenios de intercambio de información y otras medidas que el Perú deberá adoptar para concretar su ingreso a la OCDE.
¿Qué impacto tendrán los Panama Papers en el sistema tributario del Perú?
El caso denominado Panama Papers enciende las alarmas sobre un tema a veces subestimado y hasta escamoteado del debate público: los riesgos que generan las compañías offshores. Se ha extendido la potencialidad de su uso para producir daño no solo a los sistemas tributarios de los Estados, sino también a sus regulaciones financieras, administrativas y penales, por eso países en todo el mundo vienen reaccionando contra el uso y abuso de compañías radicadas en estas jurisdicciones. Es hora de ponderar esos efectos perniciosos en el Perú y diagnosticar nuestras flaquezas para combatir o minimizar los daños.